sábado, 12 de marzo de 2022

El transporte escolar menos idóneo y más usado por los dominicanos. Analogía entre lo establecido en la ley y la realidad del país. Scarlett Lugo, M. A.

 

El transporte escolar menos idóneo y más usado por los dominicanos. Analogía entre lo establecido en la ley y la realidad del país. Scarlett Lugo, M. A.

 

    El sistema educativo de la República Dominicana, es uno de los más grandes sistemas componentes de la realidad social y cultural de la misma. Se traduce desde esa óptica, por cuanto, el tren que moviliza la educación escolar para el logro de que los menores y adolescentes que la reciben, logren el objetivo principal perseguido, es sumamente alto.

         En un lenguaje llano, decimos que, un estudiante, va a un centro educativo en el que debe haber un cuerpo docente y de apoyo idóneo en trato para con él, deben existir, aunque sea mínimamente, la condiciones necesarias para que ellos se sientan cómodos y el aprendizaje a recibir llegue sin contratiempos a su cognición. Es decir, las herramientas materiales, tanto, las proporcionadas por el centro, como las proporcionadas por los padres, a los fines de que, ciertas carencias de alguna de esas herramientas, no merme las energías bio-psico-fisiológicas en el logro del objetivo antes mencionado. Además de ello, que el lugar, esté apto, en sentido ergonómico, y no se abran las puertas a la contaminación visual, auditiva y de estrechez en el espacio. Es decir, que ellos estén, en lugares, con adecuados colores en sus paredes, donde la circulación de aire sea evidente, la visibilidad sea suficiente, la amplitud sea acogedora y sobre todo, el ruido no sea un trastornador de lo que se está recibiendo de alguien, el docente, que, además, debe cuidar su mejor herramienta, su voz. En el hogar, deben existir también, las condiciones mínimas para que al año escolar sea fructífero y deje los mejores resultados de acuerdo con las expectativas que se albergan a la hora de inscribir a un NNA[1] en la escuela.

       Hacer este ejercicio es hermoso. Ahora bien, el cómo llegan nuestros niños a los centros educativos, es una gran preocupación a las familias. Puede que, se note más en las familias de clase media-baja, clase baja, y muy baja. La sociedad en la que actualmente vivimos, comparada con tiempos anteriores, es un poco compleja. En ese momento, la madre, permanecía en la casa, y los cuidados a los menores, era una responsabilidad, que no ha dejado de ser, pero que si, ha variado, en el sentido de que, hoy, ella también es parte activa en el mundo laboral, lo que le regala la necesidad de que, algunos de sus quehaceres estén en manos de terceros. En ese tenor, los abuelos, tienen el primer peldaño de esta escalera, luego, las cuidadoras y/o las domésticas, que, además de trabajar como tales, tienen que asumir, el cuidado de los menores en cuestión. Si por alguna razón, los ingresos económicos, no son suficientes, se desarrolla hoy, el plan de las estancias infantiles, tanto públicas como privadas; pero, para lograr acceso a ello es otro tranvía, por los requisitos exigidos y poco cumplidos, y por el factor primordial, en la mayoría de los casos: dinero.

         Las familias, según se han ido logrando algunas prerrogativas propias de los seres humanos, y se han ido adecuando al hoy, también, han ido cambiando de dinámica y a veces, la misma puede dar resultados deseados, otras veces, los da inesperados, inadecuados.

        Entrando en el cómo llegan nuestros hijos a las escuelas, el primer dolor de cabeza para los padres, es ¿Quién llevará mis hijos a la escuela. De primera mano, sin están llegando al final de la niñez y viven cerca del centro, se van caminando. En caso opuesto, entonces, hay que pensar en ese pasaje de ida y vuelta que hay que pagar o la mensualidad, además de que, se debe buscar una persona con un perfil ideal, que cumpla con ciertos estándares: responsable, a quien tenerle confianza, puntual, que entienda que ese es su trabajo, y quien cuide esos hijos como si fueran los suyos.  Casi siempre hombres, por ser los más dados al ejercicio. ¡Ay, la merienda! (ese es otro tema).

         Y justo aquí, viene el problema. La legislación dominicana, se ha esforzado por darle un giro de actualidad a nuestra urbanidad y la seguridad vial. Se enarbola el deseo de organización, se desea alcanzar el logro de los criterios de los objetivos del milenio 3.6 y 11.2[2], se desea la evitación de muertes por accidentes de tránsito, se desea que todo ciudadano se concientice y cuide de su entorno y los suyos. Se resalta el cuidado de los envejecientes, la mujer y la niñez, la longevidad de los vehículos y su presencia, sacando de circulación lo que regalan altos riesgos de problemas, sin embargo, alguna de las grandes masas poblacional, desde el punto aquí tratado, se ha olvidado.

         La actual legislación sobre movilidad vial y sus reglamentos, se han enfocado en la regulación de muchos puntos. Aplaudimos el gran avance que se ha logrado, dejar de hacerlo es mezquindad. Sin embargo, hemos encontrado una gran discrepancia, entre lo que está escrito y lo que es la realidad.

         La ley 63-17, en sus apartados, tiene uno contentivo de regular el transporte escolar, que visto a grandes rasgos, dice de una sociedad enmarcada en la modernidad y el orden. Sin embargo, por razones entendibles, dejan fuera, lo que es el mayor medio de transporte escolar usado al día de hoy, por nuestra sociedad: el motoconcho o mototaxi. En el artículo 69[3] de la antes mencionada ley, tenemos que el bien protegido es el niño, y las regulaciones sobre este, son entendibles, cautelosas, llenas de responsabilidad y hasta sancionadora.

         Profundizando un poco sobre ese particular, surge la pregunta ¿a cuál clase social va dirigido este articulo? Resulta inquietante que, el mismo, con apariencia de ser general, solo abarque una población que no es la mayoría. La clase social media-baja, que con mucho apuro tiene un vehículo en la casa, algunas veces puede darle el uso correcto a lo aquí planteado, a la hora de llevarlo a la escuela, que es el caso que nos ocupa. Pero, ¿Qué ocurre con los que no tienen vehículos en sus casas? La respuesta es casi vertical. Deben acudir al contrato de transportes escolares, o en su defecto, usar la herramienta menos idónea.

         Cuando la legislación hace referencia a las motocicletas, deja en evidencia que siendo un vehículo de dos ruedas, es más susceptible de ser afectado, por su tamaño, anchura, poca visibilidad en un carril vehicular a cualquier hora del día, más, en la noche. Por eso es que se detiene el legislador a ser muy especifico en el cómo debe permanecer el mismo a los fines de evitar los incidentes y accidentes. En la realidad, acontece que 6 de cada 10 vehículos registrados en la DGII son motocicletas, lo que nos dice que, los dominicanos, y los de masa pobre, en su gran mayoría, tienen un motor en su hogar, tanto como medio de transporte, como medio de trabajo. A nivel nacional, contábamos para el 2020 con parque vehicular de 2,645,456, motores registrados, y en la ciudad de Puerto Plata, 75, 392, lo que dice que este tipo de vehículo es el de mayor alcance y abundancia en toda el territorio nacional y local. La participación de la motocicleta en el parque vehicular, es de un 55% seguida de los automóviles de un 26.5%, en conjunto, hacen un 76% del dominio en el parque vehicular. Es alarmante[4].

         Cierto es que, los riesgos a los que se expone cada ciudadano que se transporta en motocicleta es alto. En el caso de los menores, muchos más. Sin embargo, repetimos que choca con nuestra imperiosa realidad. Cabe destacar que, los niños mayores de 8 años y que no pesen menos de 23 kilos pueden transitar en una motocicleta. Más, cuando vemos las calles en horarios escolares, nos encontramos con un panorama garrafalmente contrario. Volvemos a preguntar: ¿se olvidó el legislador de una gran masa de la población? ¿Qué remedio le podemos poner a este mal?

         Se entiende que, por razones circunstanciales, hay una franca violación a la legislación, y de que se ejecuten las sanciones estipuladas, evidentemente, las arcas del estado crecerían, por cuanto, si partimos del número arriba mencionado a nivel nacional, debemos lógicamente suponer, que, muchas son las familias que están envueltas en este gran dilema. Mientras el legislador quiere adecuación, la población necesita que se piense en el todo, con un aporte sostenido, contundente y eficaz para toda la población. Loable es que, hasta el momento, esa parte de la ley se mantiene tangible en el tiempo, evidente, a luz pública, y que como no se tiene otra respuesta satisfactoria, se ha quedado así. Empero, la amenaza de que eso comience a ser un problema más a la familia pobre, ¿qué respuesta le ha de merecer?

         Un tema muy latente, y preocupación de los muchos, son los accidentes. Cada año se pierden por muerte de tránsito alrededor de 3000 personas, lo que coloca al país en el quinto en el lugar de los países del mundo que pierden vidas por esta causa y en el segundo de los países de América, y el Resulta que el 70% de ellos en el período 2019-2020 fue en motocicletas. El 88% de los fallecidos son hombres y el 12% restante, mujeres, en edades comprendidas de 15-39. Estos datos, aterradores por demás, nos regalan un halo de incertidumbre, estrés, ansiedad. Producto de todo lo anterior, Viscusi y Masterman (2017) sostienen que el Valor Estimado de una Vida o VSL (por sus siglas en ingles), para los costos humanos de fatalidades es de USD 1,074 millones por casa vida perdida. Haciendo una traducción de esto a nuestra realidad, en el 2019 se registraron 3,204 muertes, los cuales equivalen a 3,441 millones de dólares, multiplicándolos por la tasa de ese momento 52.23 a la fecha del día uno de enero del dos mil veinte, resulta RD$ 179,723, 430,000.00. Uyyyyyy!!

         ¿Será que los padres desconocen sobre estos detalles? ¿Se preocuparán ellos por el hecho de estar en franca violación con la legislación? ¿Existirá alguna otra alternativa para evitar el punto en cuestión? La respuesta a estas interrogantes, pudieran ser satisfactorias, más, hasta el momento, puede que no. Igual, el problema sigue ahí. Como sociedad inclinada a la fe, muchos se aferran a que Dios no permitirá noticia negativa a su casa. Y así se vive.

     Resulta que, las ciudades que más fatalidad presenta en accidentes de motocicleta están, Santo Domingo, Santiago, San Cristóbal, La Vega, La Altagracia, Distrito Nacional y Puerto Plata, en un 60%. Esto implica que los niveles de concientización, partiendo de la cifra, es escaso, aunque bien sabido es que nadie quiere llevar siniestralidad a su casa y entorno. Las violaciones más comunes cometidas por los conductores de moto, son el no uso de casco protector, la licencia de conducir vencida, y la de mayor relevancia para el tema aquí trabajado, es la violación a la luz roja, que en el año 2020 ascendió a 60,072 infracciones contabilizadas, entre otras.

         Mientras el costo de la canasta familiar se dispara, los combustibles, se disparan, y sentimos las embestidas de situaciones negativas a nivel internacional, la preocupación de las alzas en los pasajes, también crece. En un país, donde el hacinamiento, aun es parte del modus vivendi de muchos, ¿Cómo se puede creer que el legislador pensó en todos, a la hora de redactar el artículo 69 de la ley y los otros artículos en los reglamentos que siguen la misma línea, y restar del reglamento de transporte escolar la motocicleta, cuando, para él, en su ideal, la sociodemografia no se contempló o solo se hizo a medias? (dejando un margen de error). En la jerarquía de la formación del derecho, vemos que la costumbre es parte esencial de los pueblos. En consecuencia, mientras llegar la concordia entre la ley y la vida, la costumbre se impone.

     Entretanto, la responsabilidad reposa en los hombros de los padres. Buscar a una persona que cumpla con ciertos criterios, mencionados en párrafos anteriores, logrando así abonar a su parte en la formación del ciudadano exigido y logrado sólo a través de la educación, tal como menciona la ley de educación 66-97 en el articulo abajo indicado: 

Art. 5.- La educación dominicana sustenta los siguientes fines: a) Formar personas, hombres y mujeres, libres, críticos y creativos, capaces de participar y constituir una sociedad libre, democrática y participativa, justa y solidaria; aptos para cuestionarla en forma permanente; que combinen el trabajo productivo, el servicio comunitario y la formación humanística, científica y tecnológica con el disfrute del acervo cultural de la humanidad, para contribuir al desarrollo nacional y a su propio desarrollo; b) Formar ciudadanos amantes de su familia y de su Patria, conscientes de sus deberes, de sus derechos y de sus libertades, con un profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la dignidad humana; c) Educar para el conocimiento de la dignidad y la igualdad de derechos entre hombres y mujeres; d) Crear y fortalecer una conciencia de identidad de valoración e integración nacional, en un marco de convivencia internacional, enalteciendo los derechos humanos y las libertades fundamentales, procurando la paz universal con base en el reconocimiento y respeto de los derechos de las naciones; e)Formar para la comprensión, asimilación y desarrollo de los valores humanos y trascendentes: intelectuales, morales, éticos, estéticos y religiosos; f) Formar recursos humanos calificados para estimular el desarrollo de la capacidad productiva nacional basado en la eficiencia y en la justicia social.

                 


[1] NNA, léase, Niño, Niña, Adolescente.

[2] OD 3.6: Reducir a la mitad el número de muertes y lesiones causadas por accidentes de tráfico en el mundo.

OD 11.2: Propiciar sistema de transporte seguros, asequibles, accesibles y sostenibles, para todos y mejorar la seguridad vial, en particular el transporte público, prestando especial atención las personas de mayor vulnerabilidad, las mujeres, las personas con discapacidad, los niños y las personas de edad avanzada.

[3] Ley 63-17 de Movilidad y transporte, Artículo 69.- Transporte de niños. Los niños hasta la edad de doce (12) años serán transportados en los asientos traseros del vehículo, salvo en los casos en que se trate de vehículos tipo camioneta de una (1) cabina. Los niños hasta seis (6) años serán transportados en un asiento especial para infantes con posición de rostro hacia el frente y los mayores de seis (6) años y hasta los doce (12) años deberán utilizar un elevador que les permita utilizar de manera segura el cinturón de seguridad trasero. El INTRANT establecerá mediante reglamento las especificaciones de estos asientos según la edad, el peso y el tamaño del niño, conforme a las directrices establecidas al respecto por las normas de salud internacionalmente aceptadas. La violación a esta disposición será sancionada con una multa equivalente de uno (1) a tres (3) salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado, y la reducción de puntos en la licencia que determine el reglamento. El vehículo no podrá iniciar la marcha hasta que los menores de edad estén ubicados en los lugares que indica la ley.

[4] Todos los datos  aquí vertidos son parte del Plan Estratégico Nacional de Seguridad Vial 2021-2030. PENSV, actualmente en marcha.

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